• Ambito: PMM de Puerto de La Cruz
  • Instrumento: PMM Puerto de La Cruz - 17 de Junio de 2015
  • Trámite: APROB. DEF. PMM Puerto de La Cruz - 22 de Mayo de 2015
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Puerto de La Cruz, publicado el 17/06/2015 en el BOC 116/15 (1112)
  • Etiqueta: A02-4-3ºaIV (A02. Zona 4-3ºaIV. Edificación Abierta)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 3.783,4 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Observaciones separación mínima a lindero lateral Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Observaciones altura máxima en metros a viario Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) DETGRAL
A02-4-3ºaIV A02. Zona 4-3ºaIV. Edificación Abierta I I I I I I 5 Se permite el retranqueo existente en la edificación consolidada siendo de aplicación un retranqueo de 5 metros a todos los linderos para las nuevas edificaciones. 5 Se permite el retranqueo existente en la edificación consolidada siendo de aplicación un retranqueo de 5 metros a todos los linderos para las nuevas edificaciones. 5 Se permite el retranqueo existente en la edificación consolidada siendo de aplicación un retranqueo de 5 metros a todos los linderos para las nuevas edificaciones. I I 40 0,95 4 19 El incremento de la altura en unidades métricas solo se podrá materializar en planta baja para el hall y sala de usos múltiples, permitiéndose con esto superar la limitación de altura libre vigente. Patios: en los tramos de fachada en los que se dispongan patios ingleses de superficie inferior a 10 metros la altura de la edificación no se medirá desde el suelo de dichos patios sino desde el terreno circundante. En este supuesto no computarán como superficies construidas los espacios situados en sótano o semisótano que presenten fachada a dichos patios. Terreno circundante: se permitirá que el terreno circundante a la edificación sobresalga una altura máxima de 2,50 metros de la rasante del peatonal situado al norte de la parcela y en una longitud inferior al 10% del perímetro de la misma, debiendo quedar inscrito bajo un ángulo de 45 grados trazado desde la rasante del citado peatonal. I I I Se admitirá la ocupación total de la parcela en el sótano y en el semisótano para aparcamiento y servicios turísticos complementarios.