- Ambito: PMM de Puerto de La Cruz
- Instrumento: PMM Puerto de La Cruz - 17 de Junio de 2015
- Trámite: APROB. DEF. PMM Puerto de La Cruz - 22 de Mayo de 2015
- BOC: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Puerto de La Cruz, publicado el 17/06/2015 en el BOC 116/15 (1112)
- Etiqueta: E12/13a-2-PA106-C4 (E12/13a. Zona 2-PA106-C4. Protección del Patrimonio)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 3.167,2 m2 en 1 recinto/s
- Documentos originales:
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | DETGRAL |
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E12/13a-2-PA106-C4 | E12/13a. Zona 2-PA106-C4. Protección del Patrimonio | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | 0,72 | I | I | I | I | I | Actuación afectada por delimitación del BIC con categoría de Conjunto Histórico correspondiente al islote F "Hacienda el Durazno" Con respecto al islote F. "Hacienda el Durazno", serán de aplicación los parámetros urbanísticos asignados en el PEPCH con las siguientes matizaciones derivadas de las cautelas propuestas en la visita realidad por los miembros de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico el 30 de noviembre de 2012: La cota de pavimento de planta primera de la nueva edificación complementaria deberá coincidir con la cota del jardín actual por lo que la futura planta baja propuesta a ubicar en el actual aparcamiento (ocupación propuesta por el PEPCH 80%) no deberá elevarse por encima del jardín, únicamente podrá quedar por encima de dicha cota la edificación de planta 1ª, con un máximo de 40% de ocupación, alineada y dando fachada hacia el Camino Casa Grande (futura calle peatonal en el PGO) y hacia la nueva vía por él propuesta. La planta primera se alejará lo máximo posible al inmueble principal. Respecto al portalón de entrada, en la futura calle peatonal Camino Casa Grande, se habrá de recuperar y potenciar su función y uso como nexo de unión entre la Casona y la nueva edificación, debiendo suprimirse los cuerpos añadidos anejos actuales. Respecto de la fuente-chorro que da hacia la calle principal, a la entrada del aparcamiento, valorar su conservación y protección, dado que se ha comprobado que pudiera ser histórica. |