• Ambito: Corrección de errores de Plan General Ordenación Nº1 Valsequillo
  • Instrumento: CE PGO Número 1de Valsequillo - 20 de Abril de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. CE PGO Número 1de Valsequillo - 20 de Diciembre de 2006
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Corrección de Errores de Plan General de Ordenación Número 1 de Valsequillo publicado el 20/04/2007 en el BOC 079/07 y el 19/02/2007 en el BOP 023/07 por Pleno COTMAC el 20/12/2006 (1132)
  • Etiqueta: AJ200 (Vivienda unifamiliar aislada. Vivienda unifamiliar adosada. Asentamiento Rural)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 749,2 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Observaciones longitud mínima del lindero frontal Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Observaciones separación mínima a lindero lateral Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m)
AJ200 Vivienda unifamiliar aislada. Vivienda unifamiliar adosada. Asentamiento Rural I 200 Documento Normativo de Ordenación Urbanística Pormenorizada. Art.83.2. Una vivienda por unidad apta para la edificación. 8 Documento Normativo de Ordenación Urbanística Pormenorizada. Art.83.2. I I I 2 Documento Normativo de Ordenación Urbanística Pormenorizada. Art.83.2. La disposición de la edificación podrá ser lineal, en "L", en "U" o con patio central, con una crujía máxima de 6 metros. 2 Documento Normativo de Ordenación Urbanística Pormenorizada. Art.83.2. La disposición de la edificación podrá ser lineal, en "L", en "U" o con patio central, con una crujía máxima de 6 metros. 2 Documento Normativo de Ordenación Urbanística Pormenorizada. Art.83.2. En zonas consolidadas por edificaciones se permitirá adosar la edificación a las medianerías existentes, respetando el retranqueo mínimo en los linderos libres de edificación. La disposición de la edificación podrá ser lineal, en "L", en "U" o con patio central, con una crujía máxima de 6 metros. I I I I I I I I I