• Ambito: Estudio de Detalle Cruce de Taco de San Croistóbal de La Laguna
  • Instrumento: ED Cruce de Taco - 16 de Mayo de 2003
  • Trámite: APROB. DEF. ED Cruce de Taco - 5 de Noviembre de 2002
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Estudio de Detalle Cruce de Taco de Plan General de Ordenación de San Cristóbal de La Laguna, publicado el 16/05/2003 en el BOC 093/03 (1156)
  • Etiqueta: ED-21 (ED21)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 2.310,6 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Código del ámbito sometido a plan de desarrollo Denominación del ámbito pendiente de desarrollo Tipo de instrumento de planeamiento de desarrollo Observaciones a tipo de instrumento de desarrollo Uso global asignado al ámbito de desarrollo Instrucciones sobre las condiciones de edificación Instrucciones sobre las condiciones de los usos pormenorizados Instrucciones sobre otras condiciones
ED-21 ED21 ED Art ( Fichas Estudios de Detalle) RE Art ( Fichas Estudios de Detalle) El estudio de detalle permitirá edificar para uso comercial bajo la rasante de la plaza a una distancia de 5 metros de la alineación emitida por el Servicio de Carreteras del Cabildo Insular. El estudio de detalle fijará la cota de la plaza. Art ( Fichas Estudios de Detalle) El estudio de detalle permitirá edificar para uso comercial bajo la rasante de la plaza a una distancia de 5 metros de la alineación emitida por el Servicio de Carreteras del Cabildo Insular. El estudio de detalle fijará la cota de la plaza. Art ( Fichas Estudios de Detalle) 1. Se trata de una parcela situada en el cruce de Taco, en la que se pretende construir una plaza hacia la Carretera General del Sur y limitado por un edificio de tres plantas que tapa las medianeras existentes. 2. Observaciones: Con fecha 23 de septiembre de 1991, el Excmo. Ayuntamiento Pleno acordó aprobar definitivamente un Estudio de Detalle en el Cruce de Taco, promovido por D. Pedro Manuel Pérez Díaz, redactado por los Arquitectos Manuel García Gómez y Julián Valladarez Hernández y visado con el número 24727 de fecha 26 de junio de 1990. Por lo tanto tendrá validez este estudio de detalle aprobado, advirtiéndose que el proyecto de ejecución que se presente deberá cumplir las ordenanzas del vigente Plan General y en especial las relativas a las alturas de las edificaciones, evitando la creación de una medianera al descubierto con motivo de la elevación de la plaza soporte de la edificación de tres plantas permitida en uno de sus extremos.