• Ambito: Levantamiento de suspensión de PGO de Santa Cruz de Tenerife
  • Instrumento: SUSP Áreas 2.6, 2.7, 2.8, 2.10, 2.11, 2.12, 2.14, 3.1, 4 y 3.7 de Plan General de Santa Cruz de Tenerife - 24 de Noviembre de 2017
  • Trámite: APROB. DEF. SUSP Áreas 2.6, 2.7, 2.8, 2.10, 2.11, 2.12, 2.14, 3.1, 4 y 3.7 de Plan General de Santa Cruz de Tenerife - 24 de Noviembre de 2017
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación definitiva de levantamiento de la suspensión de las áreas 2.6, 2.7, 2.8, 2.10, 2.11, 2.12, 2.14, 3.1, 4 y 3.7 de Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife, publicado el 23/02/2018 en el BOP 024/18 (1103)
  • Etiqueta: 573 (PARC-573 DELEGACIÓN DE DEFENSA - GOBIERNO MILITAR)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 830,9 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de grado de protección Nombre DIRECCIÓN Identificación del elemento ESTCONSERV OBSERV REFCATAST REFHISTÓRIC TIPOEDIF TITULARIDAD USOACTUAL
PARC-573 PARC-573 DELEGACIÓN DE DEFENSA - GOBIERNO MILITAR Avda. 25 de Julio, 3; Pérez de Rozas, 3 573 Bueno En inmuebles declarados o incoados BIC, respecto a autorizaciones de obras y usos en el bien o en el entorno de protección serán de aplicación las competencias del Cabildo establecidas en la normativa sobre Patrimonio Histórico. Las determinaciones que regulan las condiciones de protección y de intervenciones permitidas del elemento catalogado correspondiente a esta ficha, derivan del articulado de las Normas del Catálogo de Protección del Patrimonio Histórico y son las siguientes: 1. CONDICIONES DE PROTECCIÓN: Artículo 18.b "Condiciones de protección del grado Parcial: Protección del carácter volumétrico del edificio" 2. CONDICIONES DE INTERVENCIÓN: Artículo 26.2: Condiciones de intervención en el grado de protección Parcial en el caso de protección del carácter volumétrico del edificio. 3. CONDICIONES COMPLEMENTARIAS DE PROTECCIÓN E INTERVENCIÓN: - Los materiales en fachada serán acordes con la edificación contigua sometida a Normativa de Protección. - Los huecos en fachada se distribuirán de forma tal que los paños ciegos guarden una relación de simetría con los ejes de los citados huecos. - Como norma compositiva se impone la estricta correspondencia vertical entre los ejes de los huecos de las fachadas. 72961-06 El lenguaje arquitectónico en el que encuadrar este inmueble es el racionalismo. Así lo pone de manifiesto, entre otros aspectos, la dictadura de la línea recta o la loza de hormigón, que oculta parte de la fachada. La construcción pudo realizarse en la década de los treinta del siglo XX. Edificio de carácter institucional, de tres alturas más semisótano, con retiro frontal. Se valora únicamente su volumetría y ocupación. Elementos discordantes: Aparatos de aire acondicionado en fachada. Pública Administración pública