- Ambito: MP de PGO de Telde Enlace Las Huesas
- Instrumento: MP PGO Enlace Las Huesas GC-1 y los Equipamientos Estructurantes 1-3-M y 1-3-T - 3 de Junio de 2019
- Trámite: APROB. DEF. MP PGO Enlace Las Huesas GC-1 y los Equipamientos Estructurantes 1-3-M y 1-3-T - 20 de Mayo de 2015
- BOC: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Modificación Puntual del Plan General de Ordenación de Telde en el ámbito de Accesos al Suelo Urbano, enlace Las Huesas GC-1 y los Equipamientos Estructurantes 1-3-M y 1-3-T, aprobado el 20/05/2015 (1215)
- Etiqueta: H (Proceso tipológico de polígono industrial, con edificación aislada para uso industrial. Ordenanza H)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 6,2 ha en 3 recinto/s
- Documentos originales:
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Observaciones superficie mínima de parcela | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Observaciones separación mínima a lindero frontal | Separación mínima a lindero posterior (m) | Observaciones separación mínima a lindero posterior | Separación mínima a lindero lateral (m) | Observaciones separación mínima a lindero lateral | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Observaciones edificabilidad máxima | Altura máxima en número de plantas | Observaciones altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Observaciones altura máxima en metros a parcela | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) |
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H | Proceso tipológico de polígono industrial, con edificación aislada para uso industrial. Ordenanza H | NP | 1000 | Art.232. Ordenanzas Municipales. Cada parcela se destinará a un máximo de cinco naves, cumpliendo el resto de requisitos | I | I | I | I | 5 | Art.232. Ordenanzas Municipales. | 5 | Art.232. Ordenanzas Municipales. | 5 | Art.232. Ordenanzas Municipales. | I | I | I | 1 | Art.232. Ordenanzas Municipales. | 3 | Art.232. Ordenanzas Municipales. Dadas las especiales condiciones de este proceso tipológico se supone que el número de plantas debe venir incluido en el contenedor edificado definido por la altura total; 3 como máximo | NP | 15 | Art.232. Ordenanzas Municipales. | I | I |