• Ambito: Puerto del Rosario
  • Instrumento: PGO Puerto del Rosario - 30 de Marzo de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Puerto del Rosario - 17 de Mayo de 1996
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de Puerto del Rosario, publicado el 05/01/2017 en el BOC 004/17 y el 27/01/2017 en el BOP 012/17 (840)
  • Etiqueta: HC-AD-1.13.1 (Edificio Singular con ordenanza específica Hotel Ciudad)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 1.635,1 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Observaciones porcentaje máximo de ocupación Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Observaciones altura máxima en metros a viario Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
HC-AD-1.13.1 Edificio Singular con ordenanza específica Hotel Ciudad I 1500 I I I I I I I I I COM 70 : Observaciones - Planta Baja # 50 : Observaciones - Plantas superiores a la baja # 100 : Observaciones - Bajo rasante, no computando su edificabilidad. # I 6 Observaciones - (PB+5) contadas desde la rasante de la calle Secundino Alonso. Por encima de la última planta solo se permitirán instalaciones auxiliares que no sobrepasarán una altura superior a 2,5 mts por encima del último forjado. Se permite hasta dos plantas bajo rasante para aparcamiento e instalaciones del edificio. 25 Observaciones - Total del edificio contado desde la cota más baja de la alineación a calle Secundino Alonso I I I 496258 Alturas libres máximas : 3,5. planta 2º a 5º - Alturas libres máximas : 5. Planta 1ª - Alturas libres máximas : 6. Planta baja - Retranqueos. La ocupación en planta baja se recomienda que sea del 70% de la parcela. No obstante podrá ocuparse como máximo en esta planta baja hasta un máximo del 75% de la parcela si queda justificada por necesidades del proyecto. En las plantas superiores se podrá distribuir la edificabilidad a criterio del proyectista, sin que se sobrepase los retranqueos establecidos en planta baja. - Alineación. En planta baja se deberá establecer un chaflán respecto a la parte curva de la parcela, que podrá ser de la forma que mejor convenga al resultado final la edificación. Respecto a las calles Segura y Canalejas la acera deberá tener un ancho mínimo de 3,00 metros. En el tramo curvo de la parcela, el ancho mínimo de acera será de 5,00 m. - Aprovechamiento lucrativo : 1992,6. Plantas superiores a la baja - Aprovechamiento lucrativo : 2789,64. Planta Baja - Aprovechamiento lucrativo : 10760,04. Total - Coeficiente de ponderación (UAL/m2c) : 2,43. - Edificabilidad máxima : 820. Plantas superiores a la baja - Edificabilidad máxima : 1148. Planta Baja - Edificabilidad máxima : 5248. Total - Superficie de parcela : 1640. -