• Ambito: Puerto del Rosario
  • Instrumento: PGO Puerto del Rosario - 30 de Marzo de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Puerto del Rosario - 17 de Mayo de 1996
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de Puerto del Rosario, publicado el 05/01/2017 en el BOC 004/17 y el 27/01/2017 en el BOP 012/17 (840)
  • Etiqueta: Gb (Edificación Terciario-Industrial 3)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 41,1 ha en 44 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Observaciones edificabilidad máxima Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
Gb Edificación Terciario-Industrial 3 I 500 Observaciones - No se establece parcela mínima para obras de ampliación de edificaciones preexistentes en situación legal. I I I I 5 I I I I 90 1,5 Observaciones - No computará la edificación bajo rasante 2 Observaciones - En el interior de la nave. No se establece bajo rasante La altura libre de las plantas de la edificación garantizará unas dimensiones mínimas de: - 2,50 metros en las áreas administrativas, comerciales e industriales. - 2,20 metros libre de obstáculos en plantas sótano o semisótano destinadas a aparcamiento 11 I I I 496095 Condiciones de composición e integración en la morfología urbana. La composición de la edificación así como su color y tratamiento, serán libres. - Construcciones por encima de la altura. Por encima de estas alturas reguladoras se permiten las construcciones e instalaciones señaladas en los parámetros y condiciones generales de la edificación. - Posición de la edificación en la parcela. la edificación deberá ejecutarse con la línea de fachada con un retranqueo frontal obligatorio. Estos jardines de fachada no restan edificabilidad a la parcela y pueden permitir el acceso al interior de los vehículos de motor. Se permite un fondo edificatorio libre, de manera que puedan liberarse patios traseros o laterales. -