- Ambito: La Aldea de San Nicolás
- Instrumento: PGO Plan General de Ordenación Supletorio de La Aldea de San Nicolás - 27 de Diciembre de 2017
- Trámite: APROB. DEF. PGO Plan General de Ordenación Supletorio de La Aldea de San Nicolás - 13 de Diciembre de 2017
- BOC: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación Supletorio de La Aldea de San Nicolás, publicado el 27/12/2017 en el BOC 247/17 (1171)
- Etiqueta: AL-R (Residencial unifamiliar, Ordenanza R)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 2,3 ha en 14 recinto/s
- Documentos originales:
| # | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Observaciones superficie mínima de parcela | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Observaciones longitud mínima del lindero frontal | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Observaciones círculo inscribible mínimo | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Observaciones separación mínima a lindero frontal | Separación mínima a lindero posterior (m) | Observaciones separación mínima a lindero posterior | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Observaciones porcentaje máximo de ocupación | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Observaciones edificabilidad máxima | Altura máxima en número de plantas | Observaciones altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Observaciones altura máxima en metros a parcela | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | Determinaciones al uso |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| AL-R | Residencial unifamiliar, Ordenanza R | I | 85 | PARCELA MÍNIMA: 85 m2 | 6 | FRENTE MÍNIMO DE FACHADA: 6 mts permitiéndose la inscripción de un círculo de 6 mts. de diámetro. | I | 6 | FRENTE MÍNIMO DE FACHADA: 6 mts permitiéndose la inscripción de un círculo de 6 mts. de diámetro. | I | 3 | RETRANQUEOS: 3 mts. al lindero delantero y trasero en las manzanas n° 19 y 20. En el caso de actuar en lote completo, sea cual sea la manzana, los retranqueos serán libres. | 3 | RETRANQUEOS: 3 mts. al lindero delantero y trasero en las manzanas n° 19 y 20. En el caso de actuar en lote completo, sea cual sea la manzana, los retranqueos serán libres. | I | I | I | 100 | OCUPACIÓN: 100 % | 1,6 | EDIFICABILIDAD: 1,4 m2/m2 para las manzanas dos, tres, cuatro y cinco y 1,6 en el resto. | 2 | ALTURA: 2 plantas y 7,00 m., a cara inferior de forjado. | I | 7 | ALTURA: 2 plantas y 7,00 m., a cara inferior de forjado. | I | I | Residencial unifamiliar. El Ayuntamiento podrá autorizar el uso residencial en bloque en promociones completas de manzanas previa consulta urbanística del interesado |