• Ambito: Revisión del Plan General de Ordenación de Agüimes
  • Instrumento: RP PGO Agüimes - 15 de Noviembre de 2017
  • Trámite: APROB. DEF. RP PGO Agüímes - 26 de Octubre de 2017
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Adaptación a la Ley 19/2003 (Directrices) y PIO de Gran Canaria de Plan General de Ordenación de Agüimes, publicado el 15/11/2017 en el BOC 220/17 (1161)
  • Etiqueta: IR-Aa-3000 (Vivienda Unifamiliar En Asentamiento Agrícola (Aa))
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 17,6 ha en 9 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Observaciones longitud mínima del lindero frontal Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Observaciones separación mínima a lindero lateral Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Observaciones edificabilidad máxima Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Observaciones altura máxima en metros a viario Determinaciones al uso Otras determinaciones DETGRAL
IR-Aa-3000 Vivienda Unifamiliar En Asentamiento Agrícola (Aa) 3000 Parcela mínima: - Aa/3000: 3000 m2 7 Fachada mínima: 7 metros 3 Separaciones a linderos y retranqueos: no serán inferiores a 3 metros ni superiores a 5 metros. Los espacios resultantes no podrán ser ocupados por construcción alguna. 3 Separaciones a linderos y retranqueos: no serán inferiores a 3 metros ni superiores a 5 metros. Los espacios resultantes no podrán ser ocupados por construcción alguna. 3 Separaciones a linderos y retranqueos: no serán inferiores a 3 metros ni superiores a 5 metros. Los espacios resultantes no podrán ser ocupados por construcción alguna. 0,05 Edificabilidad neta máxima: - Ar/3000: 0,05 m2c / m2 1 Altura máxima: 1 planta / altura menor o igual 4,50 mtrs. a cornisa y alero, y 7,50 mtrs. a cumbrera 4,5 Altura máxima: 1 planta / altura menor o igual 4,50 mtrs. a cornisa y alero, y 7,50 mtrs. a cumbrera Uso característico: agrario y ganadero según el régimen del SRPA-t 6. Sótanos: - Se permiten los sótanos, siempre por debajo de la rasante y sin sobrepasar la proyección en planta de la edificación. 7. Cubiertas: - Planas o inclinadas o mixtas, transitables o intransitables. 8. Garajes /aparcamientos. - Una plaza de aparcamiento por unidad funcional en el interior de la vivienda, sin perjuicio de lo establecido en Artículo 51 de las presentes Normas. 1. Esta tipología se aplica en suelo rústico de asentamiento agrícola, de conformidad con la delimitación en los Planos de Ordenación Pormenorizada, y se sitúa en Los Corralillos