- Ambito: MP Solares C/ Enr. Mederos esquina C/ en proyecto PGO Los Llanos
- Instrumento: MP PGO Solares C/ Enr. Mederos esquina C/ en proyecto PGO Los Llanos - 17 de Noviembre de 2003
- Trámite: APROB. DEF. MP PGO Solares C/ Enr. Mederos esquina C/ en proyecto PGO Los Llanos - 25 de Junio de 2003
- BOC: enlace
- BOP: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Modificación Puntual Solares calle Enrique Mederos esquina calle en proyecto de Plan General de Ordenación de Los Llanos de Aridane, publicado el 04/11/2003 en el BOC 215/03 y el 17/11/2003 en el BOP 144/03 (1308)
- Etiqueta: Z.U.R.I.(3) (Zona Urbana Residencial Intensiva)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 852,6 m2 en 1 recinto/s
- Documentos originales:
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Altura máxima en número de plantas | Observaciones altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | DETGRAL |
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Z.U.R.I.(3) | Zona Urbana Residencial Intensiva | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | 3 | El número de plantas máximo será el señalado en los Planos de Ordenación. | I | I | I | I | Las condiciones de volumen corresponden al tipo de Edificación Cerrada conforme a los artículos 48 y siguientes, si perjuicio de la obligación de tratar como fachadas los predios colindantes con el espacio libre privado interior mediante la correspondiente apertura de huecos, a través de la servidumbre de luces y vistas impuesta por la mancomunidad definida conforme a lo establecido en el artículo 60.C de las N.U. |