- Ambito: Santa Cruz de Tenerife
- Instrumento: PGO Santa Cruz de Tenerife - 20 de Abril de 2007
- Trámite: APROB. DEF. PGO Santa Cruz de Tenerife - 12 de Noviembre de 2014
- BOC: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Texto Refundido de la Adaptación Básica de Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife, publicado el 10/02/2006 en el BOC 029/06 (1318)
- Etiqueta: F (PLAZA)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 2,5 ha en 1 recinto/s
- Documentos originales:
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Altura máxima en número de plantas | Observaciones altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | DETGRAL |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
F | PLAZA | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | 1 | Sótanos: <1 p. | 4 | I | I | I | Superficie zona: 23769 m²s Ocupación (1): < 1800 m²s (1) La edificación se dispondrá preferentemente bajo cubierta transitable, de forma similar a lo previsto para la zona A. Superficie Edificable(1): <1800 m²c (1) La edificación se dispondrá preferentemente bajo cubierta transitable, de forma similar a lo previsto para la zona A. OBSERVACIONES: Con carácter previo a cualquier intervención en los edificios catalogados así como de la urbanización de los espacios libres que los bordean habrá de tramitarse las autorizaciones correspondientes de los Organismos que según la legislación vigente tengan competencias sobre los mismos. Se tendrá especial cuidado en no distorsionar la forma en que el Castillo Negro se encuentra o ha encontrado con el mar. Habrá de cumplirse con todo lo estipulado en el Artículo 10.7.10. del Plan General: Supresión de barreras arquitectónicas en espacios libres. |