- Ambito: Las Palmas de Gran Canaria
- Instrumento: PGO Las Palmas de Gran Canaria - 4 de Diciembre de 2012
- Trámite: APROB. DEF. PGO Las Palmas de Gran Canaria - 4 de Diciembre de 2012
- BOC: enlace
- BOP: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria, publicado el 04/12/2012 en el BOC 237/12 (819)
- Etiqueta: Vp10 (Vp10. San Nicolás)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 2.505,5 m2 en 1 recinto/s
- Documentos originales: enlace
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Observaciones superficie mínima de parcela | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Observaciones porcentaje máximo de ocupación | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Observaciones edificabilidad máxima | Altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | IDEN | Otras determinaciones |
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Vp10 | Vp10. San Nicolás | I | I | Observaciones - Indivisible. | I | I | I | I | I | I | I | I | 8 | I | Observaciones - No se establece limitación ni bajo ni sobre rasante. | I | Observaciones - No se establece limitación alguna. | 4 | I | I | I | I | 493061 | Retranqueo : 4. Al resto de los linderos - Retranqueo : 8. A los linderos este y oeste. - Longitud máxima de fachada : 16. Hacia el lindero este. - Posición de la edificación en la parcela. La edificación se deberá realizar en bloques aislados con longitud máxima de fachada y separados entre si. - Observaciones. Las Viviendas de Protección Pública que se ejecuten en esta parcela se destinarán única y exclusivamente a la reposición de viviendas existentes en San Nicolás con el fin de reubicar a los propietarios afectados como consecuencia las intervenciones de reestructuración y recualificación previstas para el barrio. - |