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Ra1 |
Norma Ra 1 |
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200 : Observaciones - Para la edificación. Puediendo edificarse las parcelas residuales de inferior tamaño y rehabilitarse o reestructurarse la edificación preexistente.
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100 : Observaciones - Cuando la parcela ya estuviera edificada o contara con licencia de edificación o de obra antes de la aprobación definitiva del Plan, se podrá aplicar esta dimensión.
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200 : Observaciones - Para la edificación. No será de aplicación para aquellas edificaicones ya existentes y regularizadas, o en proceso de regularizarse y se encuentre inscrita en Censo de Edificaciones No Amparadas por Licencia. Deberá aplicarse el criterio de parcela mínima o unidad apta para la edificación cuando se derribe el edificio para sustituirlo por otro de nueva construcción o se pretenda ampliar el existente en mas de un 15% de la superficie ya construida
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300 : Observaciones - Para cualquier tipo de construcción.
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Observaciones - Respecto a un viario estructurante cuando la edificación fuese aislada. |
COM |
null : Observaciones - Quedan exceptuadas del retranqueo trasero o a borde de Asentamiento Rural aquellas parcelas para las que la titularidad de la misma permita solucionar la construcción mediante fachada con vanos que ocupen al menos un 30% de la pared implicada a los efectos de evitar lineas de medianeras vistas y opacas.
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null : Observaciones - Quedan exceptuadas del retranqueo trasero o a borde de Asentamiento Rural aquellas parcelas para las que la titularidad de la misma permita solucionar la construcción mediante fachada con vanos que ocupen al menos un 30% de la pared implicada a los efectos de evitar líneas de medianeras vistas y opacas.
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4 : Observaciones - Cuando la edificación fuese aislada.
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COM |
3 : Observaciones - A excepción de aquellas parcelas que existiendo paredes medianeras en edificaciones colindantes convenga el adosado a ellas para mejorar la integración paisajística del conjunto edificado.
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3 : Observaciones - A excepción de aquellas parcelas que existiendo paredes medianeras en edificaciones colindantes convenga el adosado a ellas para mejorar la integración paisajística del conjunto edificado. En frentes edificados en los que quedasen parcelas sin edificar, se eximirá el retranqueo lateral cuando el lindero de la parcela objeto de edificación presentará un lindero hacia la vía igual o inferior a 12 m. de longitud.
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null : Observaciones - Cuando colinde con edificación con medianera hacia su parcela, deberá adosarse a ésta, salvo cuando el frente de la parcela tenga una longitud superior a 50 m., siendo opcional dicho adosamiento.
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3 : Observaciones - A excepción de aquellas parcelas que existiendo paredes medianeras en edificaciones colindantes convenga el adosado a ellas para mejorar la integración paisajística del conjunto edificado. En frentes edificados en los que quedasen parcelas sin edificar, se eximirá el retranqueo lateral cuando el lindero de la parcela objeto de edificación presentará un lindero hacia la vía igual o inferior a 12 m. de longitud.
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I |
I |
100 |
Observaciones - De la superficie de la parcela para el edificio o conjunto, respetándose en todo caso la alineación edificable, y no debiendo en ningún caso superar los 150 m² en cada planta, a excepción de las edificaciones no residenciales recogidas como usos agrícolas cuyas superficies se regularán de acuerdo a sus determinaciones específicas. |
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null : Observaciones - No se fija.
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null : Observaciones - No se fija.
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0,8 : # |
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2 : Observaciones - En todos sus lados
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2 : Observaciones - En todos sus lados
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2 : Observaciones - En todos sus lados
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Obras y actividades necesarias para la implantación o desarrollo de los usos permitidos : Carácter del acto : Permitido.
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Obras y actividades necesarias para la implantación o desarrollo de los usos permitidos : Carácter del acto : Permitido.
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Obras y actividades necesarias para la implantación o desarrollo de los usos permitidos : Carácter del acto : Permitido.
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493205 |
Retranqueo máximo a lindero frontal : 15. Cuando la edificación fuese aislada.
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Superficie ocupable : 150. En cada planta del edificio o conjunto de construcciones de la parcela, en el caso del uso residencial, mientras que para los restantes usos autorizados la superficie se regulará de acuerdo a las respectivas determinaciones específicas.
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Superficie ocupable : 150. En planta del conjunto edificado.
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Espacios libres de parcela. Siendo la superficie máxima de la edificación tal como se establece, aquellas parcelas mayores a este tamaño, cuyos propietarios no deseen segregarlas, se completarán con zonas verdes en al menos el 60% del citado espacio no edificado, así como con áreas de esparcimiento privadas, rampas de acceso a garajes, o, en caso de ser una superficie de parcela apta, el uso agrícola y ganadero de pequeño tamaño, debiendo tener fachada en todos los lados no adosados a otras edificaciones.
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Espacios libres de parcela. Siendo la superficie máxima de la edificación tal como establece , aquellas parcelas mayores a este tamaño, cuyos propietarios no deseen segregarlas, se completarán con zonas verdes en al menos el 60% del citado espacio no edificado, así como con áreas de esparcimiento privadas, rampas de acceso a garajes, o, en caso de ser una superficie de parcela apta, el uso agrícola y ganadero de pequeño tamaño, debiendo tener fachada en todos los lados no adosados a otras edificaciones.
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Espacios libres de parcela. Siendo la superficie máxima de la edificación tal como establece, aquellas parcelas mayores a este tamaño, cuyos propietarios no deseen segregarlas, se completarán con zonas verdes en al menos el 60% del citado espacio no edificado, así como con áreas de esparcimiento privadas, rampas de acceso a garajes, o, en caso de ser una superficie de parcela apta, el uso agrícola y ganadero de pequeño tamaño, debiendo tener fachada en todos los lados no adosados a otras edificaciones.
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Parámetros compositivos. Los garajes se considerarán usos incluidos dentro de la edificación residencial, permitiéndose sólo en la misma estructura principal del edificio y computándose como planta, por lo cual no permitirá la superación de la altura edificatoria , excepto en las condiciones para semisótanos reguladas en el título relativo al suelo rústico de las Normas Urbanísticas de la Ordenación Estructural.
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Parámetros compositivos. Los garajes se considerarán usos incluidos dentro de la edificación residencial, permitiéndose sólo en la misma estructura principal del edificio y computándose como planta, por lo cual no permitirá la superación de la altura edificatoria, excepto en las condiciones para semisótanos.
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Parámetros compositivos. Los garajes se considerarán usos incluidos dentro de la edificación residencial, permitiéndose sólo en la misma estructura principal del edificio y computándose como planta, por lo cual no permitirá la superación de la altura edificatoria de 2 plantas en todos sus lados, excepto en las condiciones para semisótanos reguladas.
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