• Ambito: Las Palmas de Gran Canaria
  • Instrumento: PGO Las Palmas de Gran Canaria - 4 de Diciembre de 2012
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Las Palmas de Gran Canaria - 4 de Diciembre de 2012
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria, publicada el 04/12/2012 en el BOC 237/12 y el 12/12/2012 en el BOP 158/12 (819)
  • Etiqueta: Ca-A (Norma Zonal Ca. Almatriche)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 3.987,8 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Observaciones longitud mínima del lindero frontal Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Observaciones porcentaje máximo de ocupación Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Observaciones edificabilidad máxima Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Observaciones altura máxima en metros a viario Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
Ca-A Norma Zonal Ca. Almatriche I 100 Observaciones - A efectos de segregación. A efectos de edificación no se establece. 6 Observaciones - A efectos de segregación. I I I I Observaciones - No se establece. La edificación se dispondrá en la alineación oficial. I Observaciones - No se establece. La edificación se dispondrá sobre el lindero posterior, pudiéndose abrir patios al mismo. I I I I Observaciones - Será la resultante de aplicar las condiciones de posición en la parcela y la altura máxima permitida. I Observaciones - Será la resultante de aplicar las condiciones de posición en la parcela y la altura máxima permitida. 2 COM 7,5 : Observaciones - Para edificaciones con cubierta plana referida a la altura de cornisa. # 10,5 : Observaciones - Para edificaciones con cubierta inclinada referida a la cumbrera más alta. # I I I 493149 Espacios libres de parcela. 1. No se permiten ocupar la zona de retranqueo obligatorio con ningún tipo de espacio construido bajo o sobre rasante, ni volar sobre ella balcones u otros elementos. 2. Los espacios libres de parcela deberán estar dedicados a plantación de especies vegetales al menos en un sesenta por ciento (60%) de su superficie, entre los cuales deberá existir al menos un (1) árbol de porte. 3. El plano de espacios libres de la parcela deberá situarse a ± un (1) metro de la rasante de la calle, en parcelas de topografía horizontal y situadas a nivel de calle. - Cubiertas. Serán planas. - Parámetros compositivos. La composición de la edificación, así como sus materiales, color y tratamiento, son libres. En las zonas con fachada situada en la alineación oficial se admiten entrantes y volados de acuerdo con lo especificado en las Ordenanzas de Edificación. - Número de viviendas : 2. Por parcela máximo. - Parcelas en esquina. El cerramiento o la edificación de las parcelas situadas en esquinas de manzanas se resolverá con chaflán de acuerdo con lo especificado en las Ordenanzas de Edificación. - Posición de la edificación en la parcela. La edificación deberá ejecutarse con los muros medianeros sobre los linderos laterales, pudiendo abrirse patios a éstos últimos. - Parcela máxima : 250. Estarán exentas las registradas antes de la aprobación del PGMO-2000 (26 de diciembre de 2000) y que no alcancen los trescientos cincuenta (350) metros cuadrados. -