• Ambito: Las Palmas de Gran Canaria
  • Instrumento: PGO Las Palmas de Gran Canaria - 4 de Diciembre de 2012
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Las Palmas de Gran Canaria - 4 de Diciembre de 2012
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria, publicado el 04/12/2012 en el BOC 237/12 (819)
  • Etiqueta: E-04 (E04. La Cornisa de San Antonio)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 2,1 ha en 2 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Observaciones separación mínima a lindero lateral Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Observaciones porcentaje máximo de ocupación Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Observaciones edificabilidad máxima Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Observaciones altura máxima en metros a viario Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
E-04 E04. La Cornisa de San Antonio I I Observaciones - Indivisible. El parcelario actual será vinculante, no obstante, se permite la reagrupación de parcelas. I I I I 5 Observaciones - De la alineación oficial, en las plantas superiores al zócalo. Las plantas de la edificación se escalonarán, de forma no sucesiva, con alturas de dos (2) o tres (3) plantas y con retranqueos de cinco (5) metros. I Observaciones - Ninguno. La edificación se adosará al lindero trasero en todas las plantas. 4 Observaciones - En todas las plantas superiores al zócalo. I I 100 Observaciones - En el resto de las plantas será la resultante de aplicar las condiciones de posición, volumetría y altura. Observaciones - Planta baja (Zócalo) y no computará a efectos de edificabilidad. 2,5 Observaciones - a) La planta baja (zócalo) no computará a efectos de edificabilidad. b) La planta baja diáfana no computará a efectos de edificabilidad, a excepción de las porciones cerradas que se establezcan en estos elementos diáfanos. c) En el resto de las plantas serán las resultantes de aplicar las condiciones de posición, volumetría y altura determinadas Observaciones - Como máximo para las plantas superiores. 4 Observaciones - No se establece. Observaciones - A cara superior de forjado sobre la rasante de la calle de menor cota, medida en el punto medio del lindero de fachada. Para la planta baja (zócalo). Sobre esta altura sólo podrá disponerse el muro de cerca de la parcela, que no podrá exceder de 1,25 metros y deberá resolverse preferentemente con elementos diáfanos. A cara superior de forjado para la planta diáfana. I Observaciones - No se establece. No obstante, la edificación deberá mantenerse en todo caso al menos (3) metros por debajo de la rasante del Parque Frío o, en su caso, de la vía o parcela colindante al oeste y situada a mayor cota con respecto a la parcela. I I I 493110 Dotación mínima de aparcamiento : 1. Por vivienda - Espacios libres de parcela. Deberá recibir tratamiento ajardinado (incluida la superficie correspondiente a los patios abiertos a fachada) al menos en un sesenta (60) por ciento de su superficie, debiendo disponerse varios árboles de porte medio y grande como medida para reducir el impacto visual de la actuación. Con este mismo objetivo, los muros de contención que queden vistos (sin edificación adosada) deberán tratarse verticalmente con enredaderas u otra vegetación que contribuya al ajardinamiento de la parcela. En ningún caso, el espacio libre de parcela podrá subdividirse para usos privativos. - Cubiertas. Serán planas e intransitables, no pudiendo subdividirse para uso privativo. No podrá sobresalir sobre ellas ningún elemento construido (ni siquiera cajas de escaleras), pudiendo disponerse únicamente las instalaciones que sean preceptivas para la captación solar, integradas compositivamente con la edificación y las respectivas cajas de los aparatos elevadores. - Dimensiónes mínimas de los patios : 10. En el lado perpendicular a estas vías, contados a partir de la posición de la fachada de la primera planta de viviendas. - Dimensiónes mínimas de los patios : 8. En el lado paralelo a la calle Pancho Guerra y al Paseo de San Antonio. - Parámetros compositivos. Por encima de la planta zócalo, la fachada principal de la edificación deberá resolverse en todos los casos con discontinuidades a modo de entrantes que fragmenten su gran longitud y favorezcan su integración en el entorno. En parcelas cuya longitud de fachada sea superior a cuarenta (40) metros, se dispondrán patios abiertos a fachada como mínimo cada doce (12) metros de edificación. La propuesta deberá responder a criterios de calidad arquitectónica, tanto en cuanto a materiales de revestimiento de fachadas como a soluciones compositivas novedosas. Se justificará lo expuesto con la aportación de documentación gráfica complementaria (infografías, fotomontajes, etc.). En la planta diáfana no se permitirán más cerramientos que los necesarios para la disposición de los accesos comunes y servicios para la comunidad, cuartos trasteros incluidos. No podrá subdividirse para usos privativos. Las terrazas resultantes de los escalonamientos de la edificación serán transitables o ajardinadas, y deberán estar vinculadas a las viviendas anexas a ellas. - Parámetros tipológicos y volumétricos. La edificación se dispondrá escalonada, presentando la siguiente estructura volumétrica : a) Se dispondrá, sobre la rasante de la calle de menor cota con respecto a la parcela, una planta baja a modo de zócalo que funcionará como plataforma de nivelación de la edificación, situada sobre la alineación oficial en todos sus linderos. b) Bajo las plantas de la edificación propiamente dicha y sobre la planta zócalo, se dispondrá una planta diáfana, que no podrá exceder de la proyección de la edificación situada sobre ella, que sólo podrá contener cuartos de instalaciones, cuartos trasteros y elementos de zonas comunes, quedando el resto del espacio como uso comunitario mediante la constitución del régimen jurídico correspondiente. -