• Ambito: Las Palmas de Gran Canaria
  • Instrumento: PGO Las Palmas de Gran Canaria - 4 de Diciembre de 2012
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Las Palmas de Gran Canaria - 4 de Diciembre de 2012
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria, publicado el 04/12/2012 en el BOC 237/12 (819)
  • Etiqueta: OH1 (Ordenanza H1)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 6,6 ha en 6 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Observaciones longitud mínima del lindero frontal Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Observaciones círculo inscribible mínimo Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Observaciones separación mínima a lindero lateral Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Observaciones separación mínima entre edificios Porcentaje máximo de ocupación (%) Observaciones porcentaje máximo de ocupación Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Observaciones altura máxima en metros a viario Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
OH1 Ordenanza H1 I 1000 Observaciones - A efectos de segregación. 15 Observaciones - A efectos de segregación. I 20 Observaciones - A efectos de segregación. I 4 Observaciones - Deberá mantenerse la alineación circular en la fachada que da frente al VV13 COM 5 : Observaciones - Cuando de la distribución parcelaria resulte la necesidad de implementar viviendas interiores # 4 : Observaciones - A lindero y a zonas comunes no edifcables. Se permiten muros medianeros sobre los linderos laterales, pudiendo abrirse patios a estos últimos. # COM 5 : Observaciones - Cuando de la distribución parcelaria resulte la necesidad de implementar viviendas interiores # 4 : Observaciones - A lindero y a zonas comunes no edifcables. # I 6 Observaciones - Se podrá reducir la separación entre edificios, respetando siempre el valor mínimo de seis (6) metros, cuando por disposición y orientación de las construcciones se demuestre que es posible hacerlo garantizando una correcta iluminación y asoleo (como mínimo la fachada sur deberá disfrutar de soleamiento más de dos horas diarias con la posición del sol correspondiente al solsticio de invierno). Observaciones - Cuando en una parcela se proyecten varias edificaciones que no guarden continuidad física, deberán respetar una separación entre sus fachadas igual o superior a los dos tercios (2/3) de la altura de coronación de la edificación más alta. 65 Observaciones - Bajo rasante no se podrá ocupar la zona de retranqueos a linderos de la parcela. Observaciones - De la superficie de la parcela edificable sobre rasante. I I I Observaciones - La altura máxima de la edificación referida a la altura de cornisa viene determinada por el número de plantas (n) según la siguiente fórmula: - Altura máxima: 4,00 + 3,40 (n-1) metros La altura se medirá con respecto a la rasante oficial en las parcelas de topografía sensiblemente horizontal y situadas a nivel de calle. En el caso de edificaciones en ladera, para la definición de rasantes, la ordenación volumétrica y su adecuación al entorno, se deberá redactar un Estudio de Detalle. I I I 492945 Espacios libres de parcela. 1. Sobre rasante no se permitirá ocupar la superficie libre con ningún tipo de elemento construido ni volar sobre dicha superficie libre balcones u otros elementos. 2. Bajo rasante no se permitirá ocupar la zona de retranqueos a linderos con ningún tipo de elemento construido, excepto rampas de acceso a garajes. 3. Los espacios libres de parcela deberán estar dedicados a plantación de espacies vegetales al menos en un sesenta por ciento (60%) de su superficie, debiendo existir un árbol de porte por cada (7) metros de fachada principal o fracción. 4. El plano de espacios libres de la parcela deberá situarse a +,- un (1) metro de la rasante de la calle, en parcelas de topografía horizontal y situadas a nivel de calle. - Cubiertas. Serán planas (intransitables o ajardinadas) o inclinadas. En este último caso, la superficie de la planta bajo cubierta computará a efectos del cálculo de la edificabilidad. - Parámetros compositivos. La composición de la edificación, así como su color y tratamiento, son libres. Además de los patios interiores se permiten los patios de fachada según lo definido para ello en las Normas de Edificación. -