- Ambito: Las Palmas de Gran Canaria
- Instrumento: PGO Las Palmas de Gran Canaria - 4 de Diciembre de 2012
- Trámite: APROB. DEF. PGO Las Palmas de Gran Canaria - 4 de Diciembre de 2012
- BOC: enlace
- BOP: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria, publicado el 04/12/2012 en el BOC 237/12 (819)
- Etiqueta: EL-PC (Parcela Central Espacios Libres (EL))
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 9.752,2 m2 en 3 recinto/s
- Documentos originales: enlace
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Observaciones porcentaje máximo de ocupación | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Observaciones edificabilidad máxima | Altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | IDEN | Otras determinaciones |
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EL-PC | Parcela Central Espacios Libres (EL) | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | 7,5 | Observaciones - De la superficie total máximo; en losEspacios Libres con superficie igual o superior a 500 m² e inferior a 5.000 m². | 0,075 | Observaciones - En Espacios Libres con superficie igual o superior a 500 m² e inferior a 5.000 m² (categoría II). | 1 | I | 4 | I | I | 492921 | Ajardinamiento. Los Espacios Libres deberán incluir árboles de medio o gran porte y copa frondosa que produzcan áreas de sombra, en una proporción de 4 árboles de medio porte (copa de 7 a 10 m. de diámetro) o 1 de gran porte (copa de diámetro superior a 15 m.) por cada 500 m² de zona ajardinada. - Porcentaje mínimo de áreas ajardinadas : 40. De la superficie total; en Espacios Libres con superficie igual o superior a 500 m² e inferior a 5.000 m² (categoría II). Las zonas de juego deberán estár separadas de las zonas de estancia. - Parámetros compositivos. El Espacio Libre central, deberá conformarse como una plaza que sirva de conexión entre el colegio, el campo de fútbol y el núcleo urbano. En su diseño se deberán contemplar áreas para uso deportivos a aire libre que complemente las instalaciones del colegio, así como su uso por los vecinos del barrio tales como pista de footing, voleyball, baloncesto..etc. Estas instalaciones se complementarán con área de juego de niños que deberá ir acompañada de zonas de sombra mediante árboles de porte y marquesinas con la posibilidad de localizar una pequeña cafetería-terraza, preferentemente al norte de la parcela. Asimismo, deberá preverse un recorrido directo desde el viario interior hacia la entrada lateral oeste de la parcela deportiva - |