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SG-20 |
SG-20 Doramas-Altavista |
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Determinaciones ambientales. Se confiere carácter prioritario la optimización de la calidad paisajística del conjunto dotacional en relación a la inclusión en su ámbito del Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento del Pueblo Canario, el cual debe conservarse o adecuarse a su situación constructiva originaria. Del mismo modo, deberá integrarse adecuadamente, y en su caso propiciar su regeneración natural, el ámbito delimitado como Zona de Interés Medioambiental de Parque Doramas (ZIM-78) en el Catálogo Municipal de Protección. La disposición arquitectónica del conjunto debe atender a las cualidades paisajísticas del entorno urbano anexo de Ciudad Jardín y al conjunto interior coincidente con el enclave pintoresco del Hotel Santa Catalina y el Pueblo Canario, determinándose una adecuada integración visual del Sistema General en este lindero mediante la distribución de, en su caso, las edificabilidades, volumetrías y usos.El entorno destinado a zona verde o espacio libre debe desarrollarse mediante el uso predominante del arbolado y matorral en condiciones de alta densidad y equilibrado consumo hídrico. La selección de las especies irá en función del diseño de la calidad e integración paisajística de la dotación, debiendo incluirse la palmera canaria en un porcentaje superior al 20% de la zona verde.Se potenciará la función de mirador del tramo superior de Altavista.
A los efectos de impulsar el uso social del ámbito en materia de esparcimiento al aire libre, el diseño tendrá en cuenta una adecuada red de accesos peatonales y zonas de carril-bici.
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Directrices de la ordenación. Sistema General que engloba una generalidad de usos de carácter dotacional ( Espacios Libres, Deportivo, Cultural, etc) En él se localizan importantes elementos que forman parte del patrimonio municipal protegido como son el Hotel Santa Catalina, el Pueblo
Canario, el Museo de Nestor y la Ermita Santa Catalina junto con los jardines de Rubió.Todo ello le confiere un importante papel en el esquema de espacios destinados al la cultura, ocio y esparcimiento dentro de la ciudad.
A la hora de establecer su ordenación se han delimitado tres Subsistemas (SG-20 A, SG-20 B, SG-20 C).
La superficie total para el computo de Sistemas General de Espacios libres a efectos del cumplimiento del artículo 32.2.A.7 del TR-LOTENC'00 es de 91.328 m2.
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Sector Urbanístico. 11 Escaleritas
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Instrumento de ordenación. Ordenación Directa - Adaptación Plena del PGO -Existente.
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Superficie del área (Ha) : 15,83.
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