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Ordenanza DI (Viviendas en hilera) |
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Observaciones - Será libre dentro de la superficie delimitada por los retranqueos |
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Dotación mínima de aparcamiento : 1. Por vivienda
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Espacios libres de parcela. 1. No se permite ocupar la zona de retranqueo obligatorio con ningún tipo de construcción bajo o sobre rasante, salvo volar vuelos de balcones y otros elementos ornamentales que no sobrepasen los 50 centímetros de longitud.
2. Los espacios libres de parcela deberán estar dedicados a plantación de especies vegetales al menos en un 60% de su superficie libre, excepto a las parcelas 1 a 22 por estar edificadas o en proceso de edificación.
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Condiciones de composición y forma. La composición de la edificación, así como sus materiales, color y tratamiento, son libres
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Cubiertas. Serán inclinadas, salvo en aquellos elementos puntuales que por diseño se requiera de cubierta plana.
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Nº máximo de plantas : 2. Pudiendo ubicarse estas sobre una tercera planta destinada a aparcamiento. Para ello, esta última debe tratarse a manera de zócalo, no computando la misma en la edificabilidad de la parcela.
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Altura máxima : 8. En el caso de viviendas que den a dos calles con diferencia de cota importante, a la cumbrera del tejado, a medir desde la rasante de la acera , de la calle superior
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Altura máxima : 12,50. A la cumbrera del tejado para edificaciones de dos plantas con zócalo de aparcamiento
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Altura máxima : 9. A la cumbrera del tejado para edificaciones de dos plantas
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Tramo máximo de fachada : 50. Con la finalidad de no presentar frentes de fachada edificados continuos excesivamente largos, excepto a las parcelas 1 a 22, por estar edificadas o en proceso de edificación.
La fachada de la edificación se dispondrá libremente en una franja comprendida entre los 3,00 y los 5,00 m de la alineación oficial, y al menos a 3,00 m del lindero posterior, excepto en las parcelas 1 a 22 por estar edificadas o en proceso de edificación.
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Condiciones de las parcelas. Deberá conformar un frente de fachada que abarque la totalidad de la manzana
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