- Ambito: Las Palmas de Gran Canaria
- Instrumento: PGO Las Palmas de Gran Canaria - 4 de Diciembre de 2012
- Trámite: APROB. DEF. PGO Las Palmas de Gran Canaria - 4 de Diciembre de 2012
- BOC: enlace
- BOP: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria, publicado el 04/12/2012 en el BOC 237/12 (819)
- Etiqueta: CO1 (Ordenanza CO1 (Comercial 1))
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 5.200,4 m2 en 1 recinto/s
- Documentos originales: enlace
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Observaciones porcentaje máximo de ocupación | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | IDEN | Otras determinaciones |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
CO1 | Ordenanza CO1 (Comercial 1) | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | Observaciones - Será libre dentro de la superficie delimitada por los retranqueos | 0,80 | I | I | I | I | I | 491848 | Espacios libres de parcela. No se permite ocupar la zona de retranqueo obligatorio con ningún tipo de construcción bajo o sobre rasante, salvo volar vuelos de balcones y otros elementos ornamentales que no sobrepasen los 50 centímetros de longitud. - Condiciones de composición y forma. La composición de la edificación, así como sus materiales, color y tratamiento, son libres en el ámbito de esta norma zonal. - Altura máxima : 11. A la cumbrera del tejado para edificación dos plantas con cubierta inclinada. - Altura máxima : 9. Para edificación de dos plantas. - Cubiertas. Serán planas, pudiendo destinarse a terrazas de las actividades comerciales. En aquellos elementos puntuales que por diseño se requiera de cubierta inclinada, se dispondrá cubierta de tejas con tratamiento estético acorde a la edificación residencial vecina. - Nº máximo de plantas : 2. Sobre rasante, medidas a la calle B del Plan. - Retranqueo a la franja de protección : 12. Como franja de protección que establece la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas para la carretera GC-21 (C-817). - Superficie edificable : 4028. - Superficie de parcela : 5035. - |