• Ambito: MP de PGO de Gáldar en Sector SUSO R-5
  • Instrumento: MP PGO Sector SUSO R-5 - 19 de Julio de 2013
  • Trámite: APROB. DEF. MP PGO Sector SUSO R-5 - 29 de Mayo de 2013
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Modificación Puntual de Plan General de Ordenación de Gáldar en Sector SUSO R-5, publicado el 19/07/2013 en el BOC 138/13 y el 12/07/2013 en el BOP 088/13 (1366)
  • Etiqueta: bh2r (Edificación entre medianeras con retranqueo anterior y posterior)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 2,4 ha en 8 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Observaciones longitud mínima del lindero frontal Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Observaciones fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Observaciones porcentaje máximo de ocupación Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Observaciones edificabilidad máxima Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Observaciones altura máxima en metros a parcela Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m)
bh2r Edificación entre medianeras con retranqueo anterior y posterior I 125 Plan Operativo. Art.21 6 Plan Operativo. Art.21 I I I GRF Plan Operativo. Art.21. El retranqueo, mayor o igual a tres metros, puede ser anterior o posterior, viniendo reflejado en los planos de Ordenación Pormenorizada. No se permiten cuerpos volados sobre la vía pública. En caso de solucionar la planta alta con cuerpos volados, la proyección de los mismos en planta no podrá invadir las zonas de retranqueos. GRF Plan Operativo. Art.21. El retranqueo, mayor o igual a tres metros, puede ser anterior o posterior, viniendo reflejado en los planos de Ordenación Pormenorizada. No se permiten cuerpos volados sobre la vía pública. En caso de solucionar la planta alta con cuerpos volados, la proyección de los mismos en planta no podrá invadir las zonas de retranqueos. NP COM Plan Operativo. Art.21. El fondo máximo de la parcela será la mitad del fondo de la manzana medido en ese punto, o el fondo de la manzana medido en el sentido de la pendiente del terreno, cuando éste no exceda de 30 m. Se tolerará más fondo de parcela cuando la edificación dé fachada a dos calles, o a calle y espacio libre. I COM Plan Operativo. Art.21. La ocupación máxima de la parcela es la resultante de aplicar el retranqueo, anterior y posterior, por lo que dependerá de su superficie. 1,60 Plan Operativo. Art.21 2 Plan Operativo. Art.21. - La altura máxima sobre la rasante de la calle será de dos plantas. - La altura aparente no deberá superar en ningún caso las dos plantas (con la salvedad del semisótano). I COM Plan Operativo. Art.21. - La altura de coronación sobre la rasante, medida hasta el borde del pretil, no excederá de 8,50. - En cubiertas inclinadas, la altura sobre rasante de parcela urbanizada medida hasta el plano inferior del alero no excederá de 7 m, y la de proyección de la cumbrera sobre el plano de fachada hasta la calle que discurre lindando con la parcela en cota inferior no excederá de 9,50 m I I