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Estación de grabados - Estación del Barranco del Quiquere |
Desembocadura del Barranco de Quínquere. En el último desnivel que forma el margen izquierdo. Entornos |
Catalogación. Patrimonio : Observaciones - Arqueológico |
6582-744-PRO-0-49 |
Regular |
Observaciones - 1. Las condiciones de protección de los Yacimientos Arqueológicos catalogados ser regularán de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 4/99 y en particular por los articulo 60 a 71 y concordantes de la referida Ley.
2. Con carácter general se realizará la protección cautelar de los yacimientos, atendiendo al articulo 65 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias
a) El promotor público o privado de obras o actuaciones que afecten a la superficie de un yacimiento arqueológico reconocido como tal en un instrumento de planeamiento urbanístico, aunque no hubiese sido declarado bien de interés cultural, deberá aportar un estudio detallado de impacto ecológico relativo a la incidencia de la obra o actuación sobre los valores arqueológicos del área implicada. Sin dicho estudio no podrá concederse licencia ni autorización alguna.
b) Si fuere pertinente, la Administración competente podrá disponer la realización de prospecciones o sondeos en orden a evaluar los efectos de la intervención, así como también determinar las posibles medidas protectoras a adoptar durante la obra, trazados alternativos y demás condicionantes dirigidos a la salvaguarda del yacimiento, que deberán incorporarse a las licencias o autorizaciones preceptivas.
c) En los casos en que una excavación arqueológica se haga necesaria, su financiación correrá a cargo del promotor de las actuaciones afectadas cuando se trate de obras promovidas o financiadas por entidades públicas. En caso contrario, se costeará por la Administración que haya ordenado la intervención.
3. Para las intervenciones sobre el patrimonio arqueológico así como régimen de autorizaciones se estará en lo dispuesto a tal fin por los artículos 66 a 69 de la Ley 4/99.
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Fecha : Observaciones - may-03
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Observaciones : Observaciones - Peligro por la afluencia de visitantes en la zona y por las letras que se han realizado con pintura en las paredes
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Tipos de intervención : Observaciones - De acuerdo con lo establecido por la Ley 4/1999 de Patrimonio Histórico de Canarias para intervenciones en Bienes de Interés Cultural
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Grados de protección : Ambiental : #
Delimitación de entorno : Observaciones - Pendiente de establecerla en el expediente obligatorio de delimitación
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Conjunto de cuatro paneles con grabados rupestres, fundamentalmente de tipología geométrica rectilínea con trazos muy finos. Lineales incisos de aspecto reciente. Barquiforme realizados con incisiones muy finas y poco profundas, con patina. Cruciformes con patina. |
Pública |