• Ambito: Adeje
  • Instrumento: PGO de Adeje - 2 de Septiembre de 2008
  • Trámite: APROB. DEF. PGO PGO de Adeje - 2 de Septiembre de 2008
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de Adeje, publicado el 28/12/2007 en el BOC 258/07 y el 02/09/2008 en el BOP 173/08 (564)
  • Etiqueta: 40 - 64005 (Parcela 40)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 1.341,9 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) Observaciones a la distancia del fondo máximo edificable paralelo a alineación viaria IDEN Otras determinaciones
40 - 64005 Parcela 40 I 172,25 I I I I 5 I 3 I I 50 0,795 2 I I I I Según retranqueos 689669 Longitud máxima de fachada : 50 Tipología : Edificación en hilera Superficie edificable máxima : 137 Cuerpos volados : 50% de la longitud de fachada Aparcamientos : 1 Observaciones : Conjuntamente para las parcelas 38 a 50, las viviendas pueden dar frente a la zona verde, manteniendo el retranqueo de 5 m como si se tratara de una vía rodada. El conjunto podrá desarrollarse en un solo proyecto unitario, pudiendo ser las zonas libres traseras privadas o comunes. En el caso de ejecución por parcelas separadas, la construcción en la parcela 38 se retranqueará como mínimo 3 m con el lindero de las parcelas 34 a 37 y la de la parcela 50 se retranqueará mínimo 3 m, como mínimo, con respecto al lindero de las parcelas 30 a 34. En las parcelas 48, 49 y 50, el acceso rodado a las parcelas 48 y 49 se hará a través de la parcela V-2, con un retranqueo de 5 m como si se tratara de una vía rodada.