- Ambito: Adeje
- Instrumento: PGO de Adeje - 2 de Septiembre de 2008
- Trámite: APROB. DEF. PGO PGO de Adeje - 2 de Septiembre de 2008
- BOC: enlace
- BOP: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de Adeje, publicado el 28/12/2007 en el BOC 258/07 y el 02/09/2008 en el BOP 173/08 (564)
- Etiqueta: U11-15 - 63346 (Zona U11-15)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 2,3 ha en 1 recinto/s
- Documentos originales:
| # | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Observaciones separación mínima entre edificios | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Observaciones porcentaje máximo de ocupación | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Altura máxima en número de plantas | Observaciones altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | IDEN | Otras determinaciones |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| U11-15 - 63346 | Zona U11-15 | I | I | I | I | I | I | 0 | 10 | 10 | I | I | La separación longitudinal entre dos edificios será la mayor de: a). 6 m: b).el 20% de la longitud más larga de ambos edificios y c). la altura a parcela urbanizada de la fachada lateral más alta. La separación transversal será la mayor de: a). 15 m; b). El 60 % de la profundidad edificada del más ancho de ambos edificios y c). Dos veces la altura a parcela urbanizada de la fachada más alta. | 85 | Para el área de movimiento. Para la superficie ocupada el 35% de la parcela y el 50% del área de movimiento. Se computará incluyendo sótanos y se excluirán los cuerpos volados. | I | I | Las comprendidas dentro de la sección envolvente | I | I | I | 40 | 689077 | Superficie edificable máxima : 4400 Tipología : Aislada, sin retranqueo a vial Condiciones de ordenación : Se podrá redactar un Estudio de Detalle de Ordenación de Volúmenes para las Unidades de Desarrollo antes de su edificación El fondo máximo para el aterrazamiento de las parcelas será inferior a 12 m y el mínimo será dem. El fondo máximo de aterrazamiento sobre el perfil característico en toda la parcela será tal que la diferencia máxima en altura respecto del relleno no supere losm. El fondo máximo bajo el citado perfil será tal que el desmonte no supere los 4 m. En toda terraza no será edificable un área dispuesta en su frente con un ancho mínimo igual al 20% del fondo de la misma. La altura máxima de los muros de contención será de 3 m. para muros vistos y de 6 m para muros ocultos. La proyección horizontal de un talud no será inferior a 3 m. Para la UD 21 el Estudio de Detalle dispondrá los volúmenes con un máximo de 3 plantas alineados a la calle a la que da frente. El área de movimiento dentro de la cual debe situarse la edificación queda delimitada por una línea paralela a la calle 5 a una distancia de 35 m, el lindero con la UD 15 y una línea trazada ortogonalmente a la alineación de la calle 5 a la altura del transformador SP 8, según el gráfico adjunto. Se deberá garantizar una reserva de almacenamiento de agua de 1 m3/ habitante. Aparcamientos : 1 : Por cada vivienda o por cada 100 m2t. Longitud máxima de fachada : 40 Longitud máxima de edificación : 80 |