- Ambito: Adeje
- Instrumento: PGO de Adeje - 2 de Septiembre de 2008
- Trámite: APROB. DEF. PGO PGO de Adeje - 2 de Septiembre de 2008
- BOC: enlace
- BOP: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de Adeje, publicado el 28/12/2007 en el BOC 258/07 y el 02/09/2008 en el BOP 173/08 (564)
- Etiqueta: U11-13 - 63344 (Zona U11-13)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 1,1 ha en 2 recinto/s
- Documentos originales:
| # | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Observaciones separación mínima entre edificios | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Observaciones porcentaje máximo de ocupación | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Observaciones edificabilidad máxima | Altura máxima en número de plantas | Observaciones altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | IDEN | Otras determinaciones |
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| U11-13 - 63344 | Zona U11-13 | I | I | I | I | I | I | 6 | 10 | 10 | I | I | La separación longitudinal entre dos edificios será la mayor de: a). 8 m; b).el 25% de la longitud más larga de ambos edificios y c). la altura a parcela urbanizada de la fachada lateral más alta. La separación transversal será la mayor de: a). 15 m; b). El 100% de la profundidad edificada del más ancho de ambos edificios y c). Dos veces la altura a parcela urbanizada de la fachada más alta. | 40 | Se computará incluyendo sótanos y se excluirán los cuerpos volados | I | Para la UD 19: 3,365 m2t;. para la UD 20:6.715 m2t | 3 | Los Estudios de Detalle podrán regular la altura hasta 5 plantas siempre que la superficie edificada de las plantas superiores a la tercera no supere el 20% de la superficie edificada total sin contabilizar los sótanos. | I | I | I | 50 | 689075 | Tipología : Aislada Condiciones de ordenación : Se podrá redactar un Estudio de Detalle de Ordenación de Volúmenes para las Unidades de Desarrollo antes de su edificación. El fondo máximo para el aterrazamiento de las parcelas será inferior a 25 m y el mínimo será dem. La altura máxima de los muros de contención será dem, para muros vistos y de 7 m para muros ocultos. La proyección horizontal de un talud no será inferior a 3 m. Se deberá garantizar una reserva de almacenamiento de agua de 1 m3/ habitante. Aparcamientos : 1 : Por cada vivienda o por cada 100 m2t Longitud máxima de fachada : 50 Longitud máxima de edificación : 100 |