• Ambito: Adeje
  • Instrumento: PGO de Adeje - 2 de Septiembre de 2008
  • Trámite: APROB. DEF. PGO PGO de Adeje - 2 de Septiembre de 2008
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de Adeje, publicado el 28/12/2007 en el BOC 258/07 y el 02/09/2008 en el BOP 173/08 (564)
  • Etiqueta: S17-1 - 63100 (Zona S17-1 Vivienda Colectiva)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 6,6 ha en 5 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
S17-1 - 63100 Zona S17-1 Vivienda Colectiva I 1000 20 I I I 5 Para las parcelas A3, A4, A5, A6, A7 no se exige la separación a la zona verde a ¡a cual dan frente, en primera planta I 3 I I I I 3 I I I I 688899 Tipología : Edificación abierta Altura en metros : 10,5 Aparcamientos :: Por vivienda o por cada 100 m2t. Condiciones de ordenación : Con carácter previo la aprobación de Proyectos de Licencia de Obra en las parcelas A7, A8, A9 y A10, se presentará un Estudio de Detalle para la ordenación de volúmenes, a los efectos de justificar la plena integración de la edificación en el espacio rústico circundante Sobre La alineación de fachada se podrán construir volados hasta dem, separándose de la medianería 1,50 m, con una altura mínima sobre la acera de 3,50 m.