- Ambito: Adeje
- Instrumento: PGO de Adeje - 2 de Septiembre de 2008
- Trámite: APROB. DEF. PGO PGO de Adeje - 2 de Septiembre de 2008
- BOC: enlace
- BOP: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de Adeje, publicado el 28/12/2007 en el BOC 258/07 y el 02/09/2008 en el BOP 173/08 (564)
- Etiqueta: S14-3 - 63084 (Zona S14-3 Dotacional Comercial)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 1,1 ha en 2 recinto/s
- Documentos originales:
| # | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Observaciones separación mínima a lindero lateral | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Observaciones porcentaje máximo de ocupación | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | IDEN | Otras determinaciones |
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| S14-3 - 63084 | Zona S14-3 Dotacional Comercial | I | 11330 | I | I | I | I | I | I | 40 | Al edificio de la parcela de Servicios Policiales | I | I | I | 100 : En sótanos de tal forma que no impida la plantación de arbolado 40 : Observaciones - En plantas sobre rasante | I | 2 | I | I | I | I | 688886 | Superficie edificable máxima : 7251 Condiciones de ordenación : Parcela- Además de las dos plantas autorizadas y respetando los parámetros de ocupación y edificabilidad, se admite una tercera planta que no supere la mitad de la superficie de la inferior, que tenga un carácter abierto o transparente y que facilite el acceso peatonal desde la vía paseo al norte de la parcela. El acceso rodado a la parcela se deberá producir desde la calle que lleva a la parcela de servicios policiales, en la franja señalada en el gráfico adjunto. Los volúmenes edificados no podrán ser paralelos a los lindes de la parcela y deberán tener un carácter fragmentado, dando lugar a la aparición de terrazas o cubiertas que deberán ser tratadas como fachadas. Se deberán disponer sótanos de aparcamiento, de tal manera que se garanticen las plazas de aparcamiento necesarias, limitándose a doce plazas al aire libre. Parcela- Las plantas autorizadas se deberán escalonar de tal manera que no se supere el perfil del terreno natural tal y como se define en las curvas de nivel. Los accesos rodado y peatonal a la parcela se deberán producir en las franjas señaladas en el gráfico adjunto. La edificación deberá ajustarse a los retranqueos y franjas de protección que se señalan en el gráfico adjunto y disponer su planta baja (o acceso al sótano) tomando como referencia las rasantes de la vía que rodea la estación de guaguas, desmontando para ello el terreno actual. Se deberán disponer sótanos de aparcamiento, de tal manera que se garanticen las plazas de aparcamiento necesarias, no admitiéndose éstas al aire libre. |