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T.3 - 72640 PERI |
Manzana T.3 |
I |
75 |
6 |
I |
I |
I |
3 |
I |
I |
I |
I |
I |
85 |
1,8 |
2 |
Se permitirá una tercera planta con una superficie máxima del 30% de la 2º Planta. |
I |
I |
I |
I |
Reparcelación de terrenos : Carácter de acto : Acto prohibido : Con carácter general en los terrenos actualmente edificados, salvo en aquellos casos en que, por revisión de alineaciones o creación de viarios de carácter público, quede especialmente señalado por el presente Plan a través del Plano Parcelario.
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Agrupaciones de parcelas : Carácter de acto : Acto tolerado. Sólo cuando cumplan las condiciones señaladas por el presente Documento. Las parcelas de dimensión igual o menor que la mínima serán indivisibles, condición que deberá quedar debidamente registrada.
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Segregación de parcelas : Carácter de acto : Acto no permitido.
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418174 |
Aprobación Definitiva de Plan Especial de Reforma Interior de La Caleta de Adeje, publicado el 19/01/1994 en el BOC 008/94
La línea de retranqueo es mínima, se puede aumentar hasta un metro más o menos de forma alternativa en las parcelas, para evitar la monotonía de las fachadas. Pero en este caso se requiere un proyecto unitario para toda la manzana.
También se da la posibilidad de actuación unitaria prevista en la T.1, siguiendo las directrices marcadas.
Plaza de aparcamiento : 22 : O igual que el número de viviendas
Densidad : 25 : 124 habitantes, 22 viviendas
Altura de coronación : 7,5
Superficie edificable o edificabilidad : 3103
Superficie de parcela : 1724
Segregación y agrupación de parcelas : Solamente podrá modificarse el parcelario de este Plan a través del correspondiente Estudio de Detalle que en su redacción habrá de ajustarse a lo establecido por los artículos 65 y 66 del Reglamento de Planeamiento. Dicho Estudio de Detalle necesariamente habrá de respetar los invariantes morfológicos, relieve urbano y tipologías edificatorias establecidas en el P.E.R.I.
En este sentido, únicamente se podría variar mediante Estudio de Detalle, el parcelario propuesto dentro de las manzanas, siempre y cuando se cumpla lo previsto en cuanto a parcela mínima y no se produzca variación en la edificabilidad global de la manzana. |