• Ambito: M Parque Deportivo La Ballena SG-09 y Parque Las Rehoyas SG-31
  • Instrumento: MM de Parque Deportivo La Ballena SG-09 y Parque Las Rehoyas SG-31 - 16 de Abril de 2019
  • Trámite: APROB. DEF. MM de Parque Deportivo La Ballena SG-09 y Parque Las Rehoyas SG-31 - 28 de Marzo de 2019
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Modificación de Parque Deportivo La Ballena SG-09 y Parque Las Rehoyas SG-31 de Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria, publicado el 16/04/2019 en el BOC 074/19 y el 15/04/2019 en el BOP 045/19 (1513)
  • Etiqueta: DP-1C (Deportivo rotonda la ballena cerrado)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 1,7 ha en 1 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Observaciones edificabilidad máxima Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Observaciones altura máxima en metros a parcela Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) Determinaciones al uso DETGRAL
DP-1C Deportivo rotonda la ballena cerrado I I I I I I I I I I I 40 I 3.- NORMATIVA DE APLICACIÓN Artículo 3. Parámetros tipológicos y volumétrico c) Edificabilidad: Será la resultante de la aplicación de los parámetros de ocupación y altura. Artículo 4. Parámetros de usos. 3. Usos complementarios: La edificabilidad asignada a la suma de todos los usos complementarios localizados sobre rasante, no podrán superar el 20% de la edificabilidad total. 2 3.- NORMATIVA DE APLICACIÓN Artículo 3. Parámetros tipológicos y volumétricos. d) Número de plantas: Sobre rasante no se podrá superar las 2 plantas de altura. I 15 3.- NORMATIVA DE APLICACIÓN 3.1.1.- Parcela Deportiva Rotonda de la Ballena. Artículo 2. Condiciones de la parcela. b) La rasante de la parcela para la medición de alturas se tomará en la Avda. de Escaleritas. I I 3.- NORMATIVA DE APLICACIÓN 3.1.1.- Parcela Deportiva Rotonda de la Ballena. Artículo 3. Parámetros tipológicos y volumétricos. Se podrán desarrollar uno o dos volúmenes en función del programa de necesidades sin sobrepasar la ocupación máxima permitida. Estos volúmenes se localizarán, preferentemente al suroeste de la parcela, retranqueados al menos 15 mts del nuevo trazado de la Avda. de Escaleritas y pudiendo situarse colindantes al Espacio Libre localizado a poniente. El resto de la parcela no ocupada por la edificación se destinará como mínimo en un 50% de la superficie a zona de estancia, accesos a los edificios y jardines. El resto de la superficie podrá destinarse a aparcamientos en superficie. 3.- NORMATIVA DE APLICACIÓN 3.1.1.- Parcela Deportiva Rotonda de la Ballena. Artículo 1. Obras y actividades admisibles. Son obras y actividades admisibles todas las contempladas en la sección cuarta del capítulo 1.1 de las Normas de Ordenación Pormenorizada del PGO. Artículo 2. Condiciones de la parcela. a) La parcela es única e indivisible. b) La rasante de la parcela para la medición de alturas se tomará en la Avda. de Escaleritas. Artículo 3. Parámetros tipológicos y volumétricos. b) Altura máxima: 15 mts d) Número de plantas: Sobre rasante no se podrá superar las 2 plantas de altura. e) Bajo rasante se podrá edificar hasta alcanzar la rasante del Espacio Libre colindante localizado a cota inferior y pudiendo ocupar, en el caso de llevar a cabo dos edificios, la suma de ambas superficies y la conexión entre ellos.