• Ambito: Paisaje Protegido de Las Cumbres
  • Instrumento: PE Paisaje Protegido de Las Cumbres - 22 de Septiembre de 2010
  • Trámite: APROB. DEF. PE Paisaje Protegido de Las Cumbres - 22 de Septiembre de 2010
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan Especial de Paisaje Protegido de Las Cumbres publicado el 22/09/2010 en el BOC 187/10 (357)
  • Etiqueta: SRAA_2 (SRAA_Las Madrigueras)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 14,2 ha en 1 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Separación mínima entre edificios (m) Altura máxima en número de plantas Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) Observaciones a la distancia del fondo máximo edificable paralelo a alineación viaria IDEN Otras determinaciones
SRAA_2 SRAA_Las Madrigueras 3 2 15 Observaciones - Cuando la edificación esté situada en el límite del Asentamiento agrícola. 9370 Separación a linderos. Cuando la edificación esté situada en el límite del Asentamiento agrícola, de modo que uno o varios de sus linderos den a espacio abierto al suelo colindante con el mismo, habrá que ofrecer fachada hacia ellos. - Tipología . Edificación aislada. - Cuerpos salientes. Y en vuelos no se admite rebasar la alineación exterior salvo con cornisas y aleros de hasta treinta centímetros de vuelo. Los balcones y miradores habrán de conseguirse en su caso, retrasando el plano de fachada respecto a las vías o caminos existentes. - Cubiertas. Inclinadas se recubrirán con teja curva. - Tratamientos de fachadas. Todos los paramentos vistos tendrán tratamiento de fachada. Las fachadas y los materiales para la ejecución de las mismas cumplirán los siguientes criterios: a. Se admiten enfoscados con la textura y color dominantes en la zona (gama de los ocres, blancos y claros en general). b. Los aplacados en su caso habrán de ejecutarse con piedra natural o artificial en piezas de formato regular. Los materiales cerámicos podrán admitirse siempre que sean de tonos uniformes y colores no discordantes con los tradicionales al entorno. c. La carpintería habrá de ser preferentemente de madera pintada. Se admite carpintería metálica mate en los colores y tonos enunciados en el apartado anterior. d. Las proporciones de los huecos serán análogas a las de la edificación tradicional. e. Las plantas bajas no destinadas a vivienda deberán tratarse con soluciones de diseño y composición unitarias con el resto del edificio. f. Los cerramientos en parcelas de edificación aislada se formarán preferentemente con elementos vegetales. En todo caso, los cierres de parcela no podrán tener altura superior a setenta centímetros en obra de fábrica y el resto vegetal o con verja metálica o elementos de madera que formen un conjunto permeable. La parte maciza tendrá en sus dos caras mampostería a base de piedra del lugar. g. Las cubiertas se adaptarán a las condiciones que para cada caso se establezcan en la ficha correspondiente. Salvo cuando esta lo autorice, estarán prohibidos los lavaderos, tendederos, torreones y otras construcciones auxiliares en cubierta, que deberá por tanto conservar su entidad unitaria como remate de la construcción. - Tratamiento de los muros de contención. La altura máxima de las paredes que se ejecuten para la contención del terreno será de dos metros. Habrán de ejecutarse en todos los casos de manera que la cara aparente sea de mampostería de piedra del lugar. El remate del cerramiento cumplirá con lo establecido en el punto f) del apartado anterior. Los cerramientos en parcelas de edificación aislada se formarán preferentemente con elementos vegetales. En todo caso, los cierres de parcela no podrán tener altura superior a setenta centímetros en obra de fábrica y el resto vegetal o con verja metálica o elementos de madera que formen un conjunto permeable. La parte maciza tendrá en sus dos caras mampostería a base de piedra del lugar.