|
E_SUNC |
Edificación_Suelo Urbano No Consolidado |
90 |
5 |
2 |
15 |
9432 |
Ámbito. El señalado como zona de uso especial y como suelo urbano.
- Fachada mínima hacia los espacios públicos : 6.
- Fachada máxima hacia espacios públicos : 15.
- Alineación oficial : 15. Es la línea que se separa de la línea definida por la actual edificación.
- Rasante exterior. La que indique la cota del terreno, una vez hecha la calle.
- Ancho de acera : 1,5. Mínimo, contado desde la alineación oficial.
- Ancho de calzada : 7. Contados desde la línea exterior de la acera.
- Pendiente de la calle : 2,5.
- Chaflanes. Se dispondrán chaflanes según la normativa urbanística municipal.
- Posición respecto a la alineación exterior. La edificación deberá construirse con la línea de la fachada sobre la alineación oficial, salvo lo dispuesto a continuación:
La línea de fachada podrá separarse de la alineación con soportales en planta baja, debiendo recuperar la alineación oficial de la calle a partir de la planta primera. Podrá asimismo, separarse de la alineación oficial en actuaciones por manzana, o en construcciones que afecten a más del cincuenta por ciento (50%) del frente de una manzana. Cuando la línea de fachada de la edificación se separe de la fachada, deberá señalarse la alineación mediante cerramiento.
En los supuestos señalados anteriormente, corresponde al propietario de la nueva edificación garantizar el correcto tratamiento de las paredes o espacios medianeros que pudieran crearse en la edificación colindante. Dicho tratamiento se resolverá preferentemente con apantallamiento vegetal.
- Semisótanos y sótanos. Se permiten los semisótanos, pudiendo elevarse sobre la rasante hasta un metro cuarenta (1,40 m).
Se permiten los sótanos, siempre por debajo de la rasante. Dichos sótanos no podrán sobrepasar la construcción en planta de la edificación.
- Altura máxima (m) : 8,4. A cornisa.
- Altura máxima (m) : 9. A cumbrera.
- Edificios colindantes con alturas diferentes. Los muros de contigüidad resultante de obras de nueva planta que hayan de quedar visibles deberán tratarse como prolongación del plano de fachada y rematarse con igual calidad que ésta.
- Condicionantes estéticos. Se permiten en fachada elementos constructivos como los zócalos y aplacados de piedra, siempre que no contribuyan a conformar una línea de fachada multicolor.
Se prohíbe en fachada cualquier clase de cartel publicitario.
Las líneas de tendidos, eléctricos, telefónicos u otros, no podrán discurrir por las fachadas, irán siempre enterradas por las aceras.
La coronación de la fachada podrá resolverse con cubierta plana o inclinada. En el caso de cubierta inclinada, la solución será de teja árabe o similar. |