- Ambito: Paisaje Protegido de La Geria
- Instrumento: PEPP La Geria - 4 de Noviembre de 2009
- Trámite: APROB. DEF. PARC. PEPP La Geria - 29 de Noviembre de 2010
- BOC: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Modo Parcial de Plan Especial de Paisaje Protegido de La Geria por Pleno COTMAC 30/06/2010, publicado el 29/11/2010 en el BOC 235/10 (411)
- Etiqueta: M (Edificación Medianera)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 315,0 m2 en 1 recinto/s
- Documentos originales: enlace
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Observaciones separación mínima a lindero frontal | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | IDEN | Otras determinaciones |
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M | Edificación Medianera | I | 150 | 6 | I | I | I | 2 | Observaciones - Cuando alguno de los linderos de la parcela sea coincidente con el límite del Suelo Rustico la edificación deberá retranquearse respecto de este lindero. El paramento resultante deberá tratarse como una fachada. | I | I | I | I | 100 | 1 | 2 | I | I | I | 30 | 10131 | Definición. Este tipo de ordenación se caracteriza por disponer de dos planos coincidentes con los linderos laterales además de estar alineada a vial. - Cubiertas. Planas, pero se permitirán cubiertas inclinadas como remates de cajas de escaleras o cubiertas de patios, garantizando en todo caso que el vertido de pluviales se produzca sobre la propia parcela. - Altura máxima metros : 7. - |